Pero el afán antifranquista, en ocasiones embadurnado de anticlericalismo, y el rechazo a toda reminiscencia de la dictadura, ha hecho evolucionar el derecho penal español a derroteros que ponen en peligro la salud mental de una gran porción de ciudadanía que – hasta anteayer – había asimilado con encomiable sosiego la abolición de la pena de muerte, de tal suerte que todos nos encontramos con algún vecino, amigo o incluso familiar que, ante situaciones desgarradoras como las de violadores reincidentes, delitos de terrorismo u otros de similar gravedad, nos dice (casi al oído por si acaso): “Esto se acabaría restaurando el garrote vil”.
Y es que estos irreflexivos – pero respetables ciudadanos – que quieren recuperar no tanto la pena de muerte cuanto la tranquilidad de todos, están evidenciando que hoy en España delinquir resulta barato. Por un lado la venialidad de las penas, por otro la inexistencia de una auténtica reinserción en infinidad de casos y la remisión de condena en casi todos, hace que gran parte de la sociedad se indigne por el trato que nuestro sistema judicial aplica a delincuentes que no solo son antisociales sino que, a mayor abundamiento, son peligrosos.
Resulta ineludible y aún imprescindible caminar hacía una auténtica – y todo lo revisable que se quiera – cadena perpetua en la que la única remisión posible esté exclusivamente condicionada a una acreditada reinserción, al estilo de la de D. Eleuterio Sánchez, que tras haber sido condenado a muerte y conmutada su pena a cadena perpetua todavía bajo la dictadura franquista, quedó definitivamente en libertad en 1981. Su nivel de reinserción fue tal que, detenido por última vez en 2006 por la Guardia Civil tras una denuncia de su esposa por malos tratos, los tribunales confirmaron definitivamente su absolución por violencia de género siendo declarada falsa por los jueces la denuncia interpuesta. ¿Acaso es éste un peor avatar que el que se hubiese derivado de la ejecución de la primera condena?
Solo trabajando en esta dirección será posible devolver a toda la sociedad una, hoy descarriada, confianza en la justicia y poder enarbolar de nuevo, con el orgullo de los universitarios de los sesenta, la bandera abolicionista. Ni la preservación del bien común de la sociedad, ni colocar al agresor en el estado de no poder causar perjuicio justifica en modo alguno, ni tan solo en los de “extrema gravedad”, la pena capital. Las sociedades modernas, actuales, son más fuertes que todo eso incluso en el supuesto de nula reinserción. El Estado cuenta con medios suficientes – ciertamente onerosos – para garantizar la protección responsable de la sociedad y el aislamiento del agresor (salvo que lo que realmente se pretenda sea economizar erario público). La lenidad punitiva instaurada en nuestro sistema legal no se sostiene bajo ningún emblema ideológico, ni histórico, ni de lucha antifascista, ni tan siquiera democrático. Cuando los ciudadanos silenciosos se ven desprotegidos y comienzan a considerar los derechos de los condenados como privilegios, se vuelven reaccionarios y, como tales, propenden a restablecer lo abolido.
Llevemos cuidado, ni la vida ni la muerte son un juego. El no a la pena capital debe seguir siendo un objetivo con vocación de universalidad, porque nosotros no somos dueños de la vida de los demás, porque nosotros ni siquiera somos dueños de nuestra propia vida, no disponemos de ella sino todo lo contrario, es la vida, es la esencia vital, “l’elán vitale” la que dispone de cada uno de los seres vivos organizando la biosfera y manteniéndola en homeostasis tal como James Lovelock conjeturó en su original “Teoría de Gaia” para asegurar su propia supervivencia… la de la esencia vital, no la nuestra.
